Estimados Empresarios:
Les escribimos para compartirles dos noticias en materia laboral.
Por un lado, les enviamos el acta homologada del acuerdo firmado entre la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) y la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) con vigencia a partir del 1/3/2020. Encontrarán el adjunto bajo el título “Acta Homologada”.
Por el otro, les volvemos a enviar el último informe en materia laboral enviado por la institución a comienzos de la semana. El informe incluye un punto central vinculado a la Resolución 219/2020 del Ministerio de Trabajo que estableció que cuando las tareas habituales u otras análogas puedan efectivizarse desde el lugar de aislamiento, dichos trabajadores deberán establecer con su empleador las condiciones de realización. Establece, asimismo, que quienes acuerden esa forma de trabajo habrán de percibir su remuneración habitual. De ello se seguiría que quienes no acuerden esa modalidad laboral pudiendo trabajar bajo esa modalidad no lleguen a un acuerdo para la realización de tareas en forma remota, no tendrían derecho a remuneración conforme la regla general de los contratos sinalagmáticos. Respecto de quienes no pudieran trabajar bajo esa modalidad, establece que percibirán sumas con carácter no remuneratorio. En el informe laboral adjunto encontrarán todos los detalles de la resolución.